V. Registros Contables.

 

Los registros contables deberán llevarse con los requisitos de ley, es decir conforme al Art. 435 y siguiente Com… para el Dr. Velasco, cuando hubiere discrepancias entre varios ejemplares de un contrato, la contabilidad mercantil hará fé para dirimir la cuestión. Se preferirá la contabilidad llevada en forma legal, a la que no haya sido.

Art. 1002.- Si apareciere diferencia entre los ejemplares de un contrato que presenten las partes en juicio, el asunto se dilucidará de acuerdo con los asientos de contabilidad de los contratantes; hará fe la contabilidad mercantil de aquél que la lleve en forma legal; llevándola ambos, cualquier otro medio de prueba; si ambos alegaren probanzas de igual fuerza, el Juez resolverá a favor del demandado.

Para el Dr. Velasco la contabilidad es una institución que nuestro código de Comercio regula del Art. 435 al 455. El vocablo Contabilidad proviene del latín “computabilis” de “computar”. Es la aptitud que se tiene para ello. Y se define como la ciencia de coordinar racionalmente las cuentas relativas de la producción, distribución, consumo y administración de la riqueza privada y publica.

Su importancia se manifiesta en las ventajas y beneficios que su utilización reporta a la empresa moderna, ya que, sin su auxilio, resultaría imposible la organización empresarial.

Fundamentalmente evidencia dos aspectos:

1) contabilidad Formal: Que toma en cuenta la forma como debe representarse externamente los acontecimientos y vicisitudes del tráfico que realiza el empresario comercial y sus consecuencias de orden patrimonial. Su noción conduce a los libros que han que llevar y como han de ser llevados, así como su valor probatorio; y,

2) contabilidad Material: Cuyo objetivo es determinar el resultado económico de la empresa.

En suma, pues, la Contabilidad tiene por objeto que se pueda conocer en todo momento la situación exacta de la empresa.

Cuadros Contables y Estados Financieros son los siguientes:

- Balances Generales: Cuadros, que tienen por objetos reflejar la situación económica de la empresa en “x” momento. Pueden ser ordinarios o extraordinarios. Los primeros se hacen al final de cada ejercicio y los segundos con motivos de una situación especial (liquidación de negocio, quiebra, etc.)

- Estados de Perdidas y Ganancias: Cuadro especializado para hacer resaltar las utilidades y perdidas que se hayan obtenido en “x” ejercicio; así como el monto total de utilidades o perdidas acumuladas.

- Inventarios: Cuadros que muestran la comprobación del patrimonio de la empresa, con indicación de sus bienes y del valúo respectivo; y

- Resúmenes de Cuenta: Que muestran las que se agrupan para formar los distintos reglones de los balances.

El Dr. Roberto Lara Velado, en su libro “Apuntes sobre la ley de Procedimientos Mercantiles”, estima que cuando el precepto en análisis alude a los “Registros Contables” se esta refiriendo a los Balances, Estados e Pérdidas y Ganancias, Inventarios y Resúmenes de Cuentas; y cuando subraya a los demás documentos, se refiere a los diversos libros que las empresas llevan (libros de acciones o de accionistas, de actas, de cajas, copiador de cartas, etc.)